Así lo recoge una orden del 16 de noviembre que publica hoy el Boletín Oficial de Castilla y León, después de que se adoptara esta decisión en la reunión del 14 de noviembre de la Comisión Permanente del Consejo Autonómico de Turismo de Castilla y León. Contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contabilizados desde el día siguiente al de su publicación, ante la correspondiente Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.