Archivada la denuncia por vertidos contra el Ayuntamiento de este pueblo de Zamora

El procedimiento sancionador se inició sin tomar muestras del supuesto vertido y sin realizar el correspondiente análisis de las aguas, que pudieran confirmar la existencia o no de vertidos.
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El Ayuntamiento de Puebla de Sanabria quiere informar del resultado de la denuncia del pasado junio del 2022 que motivó la apertura del expediente sancionador en noviembre del mismo año, contra este Ayuntamiento como responsable por “vertido no autorizado de aguas residuales en el río Tera en la parcela 9000 del polígono 8 paraje -camino del pinar generadas en zona de aparcamiento de autocaravanas en punto no autorizado en término municipal de Puebla de Sanabria (Zamora)” por parte de la Comisaría de Aguas.


Las aguas objeto de la apertura del procedimiento no se correspondían con un vertido de aguas residuales, sino que tienen su origen en el azud de hormigón que existe en esa zona del río, y que, al filtrarse el agua por la pared disuelve el hierro de la armadura; además, la elevada concentración de hierro entra en contacto con el oxígeno del aire, el hierro se oxida y precipita principalmente en forma de óxido de hierro de color rojo amarronado, pero pudiéndose percibir el agua cristalina y trasparente, como ya se indicó en su momento, en el informe correspondiente.


El procedimiento sancionador se inició sin tomar muestras del supuesto vertido y sin realizar el correspondiente análisis de las aguas, que pudieran confirmar la existencia o no de vertidos.


El resultado de esta, lamentable incidencia, que no ha generado más que pérdida de recursos y tiempo a la administración y la consiguiente preocupación a los vecinos y vecinas, es como no podía ser de otra manera, el sobreseimiento del expediente y archivo de las actuaciones por entender que no había lugar a la denuncia.


Este Ayuntamiento entiende, que lo mismo que en su momento se alertó a la población mediante nota de prensa de un hecho infundado que motivó el expediente sancionador, es legítimo que se conozca también el resultado del mismo, el cual nunca debió producirse, finalizando como indicamos con el archivo de las diligencias.