Convocan las subvenciones para el fomento del relevo generacional empresarial en el medio rural de la provincia de Zamora

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Colza agricultura agricultor


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley

38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de

la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos

Nacional de Subvenciones:


(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/832765)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la Ley

38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de

la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos

Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/inicio)


Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas y jurídicas que tengan la condición de autónomo o PYME que adquieran la titularidad

de un negocio ya existente en las localidades del medio rural de la provincia de

Zamora que cuenten con un núcleo de población igual o inferior a 20.000 habitantes, incluidas explotaciones agrícolas o ganaderas a tenor de lo que establezcan las bases reguladoras de las ayudas concedidas a través de la Política

Agraria Común (PAC), siempre que dicho adquirente continúe con la actividad

empresarial que esté a punto de cesar o que, como máximo, lleve 24 meses de

inactividad antes de la realización del relevo generacional, siempre que se mantenga la actividad económica original durante 5 años, en la localidad de origen

del negocio, a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación de la

resolución definitiva de la subvención.


Segundo. Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto establecer las condiciones de entrega, el procedimiento de selección de los beneficiarios y convocar en régimen de

concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia y eficiencia, establecidos

en el artículo 8.3 de la Ley 38/ 2009, de 17 de noviembre, General de

Subvenciones (en adelante, LGS), las subvenciones destinadas a facilitar las transferencias de negocios mediante el cambio de titularidad de los mismos en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Zamora.


La finalidad de la subvención consiste en paliar el problema existente en el

medio rural relativo a la pérdida de negocios por falta de relevo generacional, con

los efectos que esto supone para la calidad de vida de sus habitantes.

En concreto, busca facilitar las transferencias de negocios mediante el cambio

de titularidad de los mismos en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Zamora, concediendo una ayuda económica a quienes adquieran la

titularidad de un negocio ya existente en las localidades del medio rural.


Tercero. Bases reguladoras.

Mediante acuerdo de Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Zamora

de 14 de mayo de 2025 se aprueban las bases reguladoras cuyo texto completo

puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la sede

electrónica de la Diputación Provincial de Zamora.


Cuarto. Cuantía.

La cuantía presupuestaria, conforme al art 9.4 b) de la Ley 38/2003 y el art 8

de la Ordenanza de la Diputación Provincial de Zamora, para atender las peticiones presentadas, tiene una consignación de ciento ochenta mil euros (180.000,00

€), con cargo a la aplicación presupuestaria 80 433.0 470.00, cuya totalidad será

aportada por la Diputación Provincial de Zamora.

El importe de la subvención no podrá superar el 50% del presupuesto total de

la actividad subvencionable, con un máximo de 20.000,00 euros por beneficiario.


Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el

día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial

de la Provincia de Zamora (BOP).


La solicitud y demás documentos correspondientes a la presente convocatoria

estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Diputación

Provincial de Zamora, a través del trámite electrónico correspondiente (http://diputaciondezamora.sedelectronica.es).