El procesado se encuentra en prisión por esta causa desde el día 16 de febrero de 2022.
El alto tribunal confirma la apreciación de un delito de odio y un delito leve de lesiones en el comportamiento del condenado que golpeó hasta en dos ocasiones a la víctima “por maricón”.
Se pedían cuatro años de cárcel y una multa de más de 7,4 millones de euros.
El jurado la consideró culpable, aunque apreció el atenuante de ludopatía.
Tendrá que indemnizar con 30.000 euros por persona a dos de ellas y, con 20.000, a cada una de las otras cuatro.
Le acusan de coaccionar y maltratar a la que fuera su pareja sentimental y agredir a los agentes de la Policía Nacional, tras ser detenido.
Los abusos se iniciaron cuando la menor tenía once años y él 22 en una localidad de la provincia.
Deberá indemnizar tanto a los padres como al hermano de la víctima, natural de Colindres (Cantabria).
En la sentencia pone en duda el testimonio de la menor por sus problemas psicológicos.
El alto tribunal enmienda la sentencia emitida por la Audiencia Provincial palentina y revisa sus hechos probados por un error en la valoración de la prueba testifical.
La denuncia fue puesta por la madre del menor cuando ambos se fueron a vivir juntos.
La aseguradora de la Consejería de Sanidad deberá indemnizar con 80.000 euros al paciente que fue intervenido en el Hospital Río Carrión de Palencia.
El hombre asaltó al cura cuando dejó de entregarles fondos y también debe cumplir una pena de 4,5 años por robo con violencia y lesiones.
Los hechos se produjeron en repetidas ocasiones cuando la víctima tenía ocho y trece años.
El TSJCyL rechaza el recurso de la mujer, que dijo haber sufrido un robo de décimos y dinero.
La Audiencia Provincial le obliga además a abonar una multa de 15.633 euros por estos hechos constitutivos de un delito contra la salud pública por tráfico de drogas.
La Sala considera que los indicios incriminatorios “o son débiles o no son concluyentes”.
El instructor señala que la prisión provisional resulta necesaria para evitar la fuga del investigado, teniendo en cuenta la entidad de las penas que lleva aparejado este delito.
La sentencia indica que “no han resultado acreditados” varios hechos denunciados por la víctima.
El alcalde de Zamora ha comentado la actitud del principal abogado defensor del acusado, Cándido Conde Pumpido, por su actitud "impropia, obstruccionista y de entorpecimiento" durante todo el proceso judicial.