Estrasburgo rechaza el recurso del exfutbolista de la Arandina Carlos Cuadrado condenado por violación

El TEDH defiende el procedimiento del Supremo y desestima por unanimidad el recurso del exjugador del equipo de Aranda de Duero.
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, rechazó hoy el recurso del exfutbolista Carlos Cuadrado, que junto con otros dos excompañeros del equipo de fútbol de la Arandina fue condenado en 2017 por una agresión sexual colectiva a una menor de 15 años. 


El exjugador del equipo de fútbol de Aranda del Duero, que tenía 24 años cuando ocurrieron los hechos, pretendía que el tribunal europeo tumbara la decisión Supremo de condenarlo a nueve años de cárcel por la violación a una menor. Según la defensa de Cuadrado, la sentencia es inconsistente y arbitraria y pretende que se aplique el auto que antes había dirimido el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. En este sentido, denuncia que las diferentes sentencias ponen en duda la seguridad jurídica de España.


El TEDH recuerda en la sentencia, a la que tuvo acceso la Agencia Ical, que “uno de los aspectos fundamentales” del Estado de derecho es el principio de seguridad jurídica, que, entre otras cosas, garantiza cierta estabilidad en las situaciones jurídicas y contribuye a la confianza pública en los tribunales. Sin embargo, apunta que a pesar de que “la persistencia de decisiones judiciales contradictorias”, como pasa en ese caso, “puede generar un estado de incertidumbre jurídica”, el TEDH “reitera que no es su función sustituir a los tribunales nacionales”.


Así pues, la corte de Estrasburgo señala que “corresponde principalmente a las autoridades nacionales, en particular a los tribunales, resolver los problemas de interpretación de la legislación nacional”. “La posibilidad de decisiones judiciales contradictorias es inherente a cualquier sistema judicial basado en una red de tribunales de primera instancia y de apelación con competencias en el ámbito de su jurisdicción territorial. Dichas divergencias también pueden surgir dentro del mismo tribunal”, constata el TEDH.


Además, la corte de Estrasburgo apunta que “Tribunal Supremo se basó en las circunstancias fácticas del caso tal como habían sido establecidas por los tribunales inferiores, que los argumentos del solicitante fueron escuchados en la apelación sobre cuestiones de derecho y que la sentencia no puede considerarse que plantee una cuestión de seguridad jurídica”.


En este sentido, a pesar de las diferentes sentencias, Estrasburgo concluye que las alegaciones de la defensa del exfutbolista “son manifiestamente infundadas y deben ser rechazadas de conformidad”. De hecho, el tribunal europeo refuta el recurso de la defensa de Cuadrado por unanimidad.