De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de
la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones:
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/832738).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de
la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones:
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/inicio).
Primero. Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas (autónomos), personas jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles siempre
que tengan la condición de microempresa, así como las asociaciones sin ánimo de
lucro que se encuentren dados de alta en el Censo de Actividades Económicas pertenecientes a la lista de actividades del grupo 56 (servicios de comidas y bebidas),
ejerzan la actividad económica en una localidad de la provincia de Zamora cuyo
núcleo urbano sea igual o inferior a 10.000 habitantes y lleven a cabo la realización
del objeto subvencionable en el momento de la solicitud.
2. Se entiende por bar aquellos establecimientos de titularidad pública o privada destinados a satisfacer las necesidades de recreo, esparcimiento y relación
social entre los vecinos y demás ciudadanos.
3. Se encuentran excluidos aquellos establecimientos que se encuentren ubicados en inmuebles tales como quioscos, casetas, carpas u otras dependencias que
se instalen de forma ocasional, así como aquellos establecimientos de restauración
que formen parte del negocio interno de la explotación de una estación de servicio.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto establecer las condiciones de entrega, el procedimiento de selección de los beneficiarios y convocar en régimen de
concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia y eficiencia, establecidos
en el artículo 8.3 de la Ley 38/ 2009, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones (en adelante, LGS), las subvenciones destinadas a la habilitación de
un espacio comercial de proximidad en los bares abiertos en las localidades de la
provincia de Zamora que cuenten con un núcleo de población igual o inferior a
10.000 habitantes.
La finalidad de la subvención para la habilitación de un espacio comercial de
proximidad en los bares de pequeñas localidades es fomentar el desarrollo económico local, dinamizar la actividad comercial y social en zonas rurales y, en especial, ofrecer servicios básicos a los habitantes de las distintas localidades de la provincia de Zamora.
Tercero. Bases reguladoras.
Mediante acuerdo de Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Zamora
de 14 de mayo de 2025 se aprueban las bases reguladoras cuyo texto completo
puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la sede
electrónica de la Diputación Provincial de Zamora.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía presupuestaria, conforme al artículo 9.4 b) de la Ley 38/2003 y el
artículo 8 de la Ordenanza de la Diputación Provincial de Zamora, para atender las
peticiones presentadas, tiene una consignación de doscientos cincuenta mil euros
(250.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 80 433.0 770.01, cuya
totalidad será aportada por la Diputación Provincial de Zamora.
El importe de la subvención no podrá superar el 100% del presupuesto de la
actividad subvencionable, con un máximo de 15.000,00 euros por beneficiario.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día
siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Zamora (BOP).
La solicitud y demás documentos correspondientes a la presente convocatoria
estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Diputación
Provincial de Zamora, a través del trámite electrónico correspondiente:
(http://diputaciondezamora.sedelectronica.es).