Archivan la denuncia del abogado de las exmonjas de Belorado por el intento de traslado de las hermanas mayores

El letrado denunció que las medidas cautelares interpuestas para llevar a cabo el traslado de las religiosas estaban "plagadas de irregulares" pero la sala entiende que no hay motivos para abrir un procedimiento penal.
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Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León


El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) archiva la denuncia presentada por el abogado de las exclarisas de Belorado (Burgos), Enrique García de Viedma, contra las medidas cautelares interpuestras para llevar a cabo el traslado de las cinco monjas mayores, alegando que la tramitación estaba “plagada de irregularidades presuntamente delictivas”. 



Los hechos se remontan al pasado 1 de agosto, cuando las exclarisas se opusieron a que las autoridades trasladasen a las cinco hermanas mayores desde el monasterio de Orduña, donde permanecían desde que finalizó el juicio por la demanda de desahucio de las exreligiosas. 


El abogado y hermano de la exabadesa, Laura García de Viedma, afirma en la demanda actuar en representación de cuatro de las monjas clarisas, y asegura que los hechos ocurridos el pasado 1 de agosto pueden ser “constitutivos de delitos de falsedad en documento público, impedimento del ejercicio de derechos constitucionales e intento de detención ilegal”, aunque en el escrito no se identifica la persona contra la que se dirige la denuncia. 


La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL entiende que, pese a no especificarse, la denuncia se dirige contra la juez del Tribunal de Instancia de Briviesca, además de poder entender que se dirige también contra otra persona también aforada- el representante del Ministerio Fiscal que instó las medidas-, y posiblemente contra personas no aforadas. 


“Por otro lado, lo que la denuncia parece expresar es la disconformidad de las personas representadas por el abogado denunciante con las citadas resoluciones judiciales, disconformidad que debe canalizarse a través de los recursos legalmente previstos en procedimientos de índole civil, como el que es referido en la propia denuncia, sin que ello suponga, por sí solo, la comisión de los hechos delictivos que se relatan”, continúa el texto. 


Por todo ello, el ponente de la Sala considera que “no procede abrir procedimiento alguno penal por razón de los hechos a los que se refiere la denuncia". La parte denunciante tiene un plazo de tres días para presentar recurso.