El TSJCyL anula la organización del trabajo durante el operativo de extinción de incendios forestales del pasado año

La sentencia llega tras una denuncia interpuesta por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO, cuyos servicios jurídicos recurrieron el año pasado esta Instrucción por considerarla “manifiestamente ilegal y atacar directamente los derechos laborales de los trabajadores públicos del operativo de extinción de incendios forestales”..

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Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León


El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anuló la instrucción de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente sobre la incorporación de medios y la regulación del sistema de guardias de incendios forestales durante el verano de 2021. La sentencia llega tras una denuncia interpuesta por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO, cuyos servicios jurídicos recurrieron el año pasado esta Instrucción por considerarla “manifiestamente ilegal y atacar directamente los derechos laborales de los trabajadores públicos del operativo de extinción de incendios forestales”.


Según informó este jueves el sindicato, el alto tribunal de Castilla y León dio la razón a la organización y declaró nula de pleno derecho esta instrucción que “llegaba a obligar a la realización de 12 días de guardia en 14 jornadas”. Esta sentencia demuestra, para CCOO, que sus reivindicaciones sobre el operativo de extinción de incendios son “procedentes” y, por lo tanto, “deberían ser atendidas por la administración pública”.  


Sin embargo, el sindicato apuntó hoy mediante un comunicado que la sentencia, que se conoce un año después de interpuesta la demanda, se conoce con el actual operativo de incendios ya en marcha “en condiciones similares a las del año pasado” y, sobre todo, “después de haber sufrido el incendio más destructivo de las últimas décadas en los montes de Castilla y León”. A su efectividad tampoco ayuda que la Junta sólo haya sido condenada a pagar unas “muy modestas costas” por este juicio, en opinión del sindicato.  


La sentencia reconoce el derecho de los empleados públicos, sobre todo agentes medioambientales e ingenieros, a tener condiciones laborales acordes a la normativa, algo que no se corresponde con los turnos de guardia establecidos por la Consejería de Medio Ambiente. “Se da la circunstancia de que los colectivos más afectados por las jornadas abusivas y la falta de personal para realizar los relevos son, a su vez,  los máximos responsables de los incendios, los primeros que llegan y los que tienen que asumir la dirección de extinción en la práctica totalidad de los casos”, manifestó CCOO.


El documento emitido por el TSJCyL llega a establecer que la instrucción obliga a estos trabajadores a condiciones de trabajo que “vulneran el propio Estatuto de los Trabajadores”, según reveló el sindicato, para quien “detrás de actuaciones como la denunciada subyace la falta de interés de la Junta de contar con un operativo de extinción de Incendios público y moderno, flexible y adecuado a las condiciones del medio rural y del cambio climático”.


“Esta sentencia no hace más que demostrar que todas las denuncias que CCOO viene realizando los últimos años sobre las carencias del operativo son ciertas y que la Consejería en su huida hacia adelante solo consigue vulnerar la Ley y los derechos de los trabajadores”, concluyó la organización sindical.