Condenan a dos hombres a tres años y seis meses de prisión y la expulsión del país por tráfico de drogas

​ Los dos acusados eran hermanos, uno de ellos con residencia en Quintanilla Vivar (Burgos) y el otro había llegado a España desde Colombia el pasado año
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La Audiencia Provincial de Burgos condena a dos hombres a tres años y seis meses de prisión, por un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud. Asimismo, acordaron la sustitución total de la pena de prisión de uno de los acusados, por la expulsión del territorio nacional, sin que el acusado pueda regresar a España en un plazo de diez años, contados desde la fecha de su expulsión.


La sentencia señala que uno de los acusados, mayor de edad y sin antecedentes penales, se dedicaba al tráfico de cocaína desplazándose a los lugares de venta en un vehículo en el que trasladaba la sustancia y en ocasiones realizaba el pase de la misma en el interior del vehículo. El segundo acusado, procedente de Colombia, llegó a España a finales de octubre de 2021, y hasta noviembre se dedicó a la venta de cocaína junto al otro acusado, que era su hermano.


En el mes de noviembre, ambos fueron detenidos mientras realizaban un pase de cocaína, y se intervinieron dos envoltorios con cocaína con un peso total de 14,85 gramos al 49,5 por ciento de pureza que llevaba en el asiento trasero del vehículo. Según recoge la sentencia, los acusados habrían obtenido un precio de 2.786,56 euros de la venta de esta droga.


Tras la detención, se registró el domicilio habitual de uno de los acusados, situada en Quintanilla Vivar (Burgos). En el registro se intervinieron cuatro bolsitas de plástico con cocaía, con un peso de 253,98 gramos al 80,4 por ciento de pureza, 9,59 gramos al 73,86 por ciento de pureza, 15,97 gramos al 78,76 por ciento de pureza y 63,80 gramos al 78,84 por ciento de pureza, que el acusado tenía para la venta a otras personas. También se intervino cafeína, tres básculas de precisión, recortes de plástico y precinto fleje que tenía para el corte, pesaje y preparación de las dosis.


En base a estos hechos, la Audiencia Provincial condenó al acusado residente en Quintanilla de Vivar a tres años y seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 400.000 euros, con cuatro meses de privación de libertad subsidiarios en caso de impago, y costas procesales. Por su parte, la condena del otro acusado también incluía una pena de tres años y seis meses de prisión, así como una multa de 5.000 euros, con un día de privación de libertad subsidiario por cada 100 euros de multa o fracción impagados y costas procesales. Finalmente, sustituyen esta pena por la expulsión del territorio nacional, y la imposibilidad de regresar al país en un plazo de 10 años.