Confirmada la sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora que condenó a un hombre a la pena de seis años de prisión por agredir sexualmente a su nieta

​La Audiencia de Zamora consideró probado que la nieta del condenado iba a casa de su abuelo materno para pasar temporadas de verano y de Semana Santa, de manera ocasional, desde el 2014, cuando alcanzaba la edad de 11 años, hasta 2018, y que fue en ese tiempo cuando el abuelo se introducía en su cama para hacerle tocamientos.

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La Audiencia Provincial de Zamora condenaba el pasado 3 de marzo a un hombre de 73 años "como autor penalmente responsable de un delito continuado de agresión sexual a una persona menor de 16 años", según se podía leer en la sentencia. Dicha pena se traducía en seis años de prisión y en la absoluta prohibición de acercarse a la menor, su nieta, a menos de 500 metros, distancia sobre la víctima, su domicilio, lugar de estudio o trabajo; así como la prohibición de comunicación por cualquier medio con ella, sea mecánico, electrónico, óptico o de cualquier otra naturaleza, ni a través de persona interpuesta, y aunque la víctima lo solicitare o consintiere; y ello por un período de diez años, superior a la duración de la pena de prisión impuesta. 


SENTENCIA RATIFICADA

Hoy sabemos que la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL confirma esta sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora, sentencia que expone también que "se impone igualmente la medida de libertad vigilada por un período de diez años, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad impuesta".


La Audiencia de Zamora consideró probado que la nieta del condenado iba a casa de su abuelo materno para pasar temporadas de verano y de Semana Santa, de manera ocasional, desde el 2014, cuando alcanzaba la edad de 11 años, hasta 2018, y que fue en ese tiempo cuando el abuelo se introducía en su cama para hacerle tocamientos.