Declaración de la Renta 2021: fechas clave y cómo afecta haber estado en un ERTE

​La campaña para presentar nuestros ingresos de 2020 arranca el 7 de abril y finaliza el 30 de junio. Los expertos sostienen que muchos empleados que otros años no solían estar obligados a declarar, ahora deberán hacerlo por haber tenido más de un pagador
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Agencia Tributaria Zamora


Cada vez que se acerca la campaña de la Declaración de la Renta nos surge más de una duda. En este 2021, esa incertidumbre se multiplica debido a la situación de pandemia en la que nos encontramos y que marcó la mayor parte de 2020. El covid ha propiciado que no sólo nos preguntemos cuáles son los plazos para presentarla, sino cómo afectará a los contribuyentes haber estado en un ERTE, un procedimiento tan habitual en el último año. Antes de resolver esta última cuestión, veremos cuáles son las fechas clave.


Como es costumbre, la campaña arrancará en el mes de abril. Concretamente, el día 7, momento a partir del cual se pueden presentar las declaraciones vía internet (el plazo se extenderá hasta el 30 de junio) gracias al programa Renta Web, donde es posible acceder al borrador, modificarlo y entregarlo. Eso sí, la fecha límite se fija cinco días antes, el 25 de junio, en el caso de que el resultado sea a ingresar con domiciliación en cuenta.


Al igual que se hace habitualmente, para entregar la declaración online (ya sea a través de la app o a través de la web de la Agencia Tributaria) no se necesita cita previa, aunque sí es preciso el DNI electrónico, el certificado electrónico, la Cl@ve PIN o el número de referencia, que se obtiene introduciendo diversos datos personales que nos pide la plataforma.


¿Qué ocurre si preferimos presentar la declaración por teléfono? En ese caso, tenemos que pedir cita previa a partir del 4 de mayo (hasta el 29 de junio). Estos son los teléfonos: 901 12 12 24 / 91 535 73 26 / 901 22 33 44 y 91 553 00 71 (también puede solicitarse por Internet). Este proceso se llevará a cabo desde el 6 de mayo y hasta el 30 de junio, y no hay que olvidar que cuando nos llame Hacienda, debemos tener con nosotros toda la documentación necesaria para optimizar el tiempo. Por último, la tercera forma de presentar la declaración es la presencial. En este caso, también nos veremos obligados a pedir cita previa (a partir del 27 de mayo y hasta el 27 de junio). La Agencia Tributaria nos concederá la cita entre el 2 de junio y el 30.


¿Quién deberá presentarla? Están exentos de hacerlo todos aquellos contribuyentes cuyos ingresos anuales no superen los 22.000 euros (siempre que no procedan de más de un pagador distinto). ¿Qué pasa si existe más de un pagador? Este mínimo seguiría siendo válido si la suma del segundo y los posteriores, en el caso de que los hubiera, no superasen los 1.500 euros.


Resuelto este punto, nos preguntamos ¿qué sucede con los tramos de IRPF? Pues bien, en este ejercicio no hay novedades al respecto; sí las veremos en 2021, donde se incluirá un tramo para ingresos a partir de 300.000 euros, y será del 47 por ciento.


Pero si hay una pregunta que ronda la mente de multitud de españoles es si los trabajadores inmersos en un ERTE han de declarar sus ingresos. Tal y como expresa la Agencia Tributaria, los empleados afectados por un expediente de regulación temporal de empleo estarán sometidos a idénticas normas que el resto de personas y, debido a que se considera que durante el periodo en el que estuvieron bajo un expediente de regulación temporal de empleo tuvieron dos pagadores, estarán obligados a declarar esos ingresos como tales. En definitiva, el tratamiento fiscal de los ERTE no ha variado en los últimos años. 


La novedad en esta campaña de la renta, sin embargo, va a ser el número elevado de contribuyentes afectados por ellos. En cualquier caso, no tendrán que declarar por IRPF si la suma de los rendimientos del trabajo no supera los 1.500 euros. Esta situación se traduce, según los entendidos en que muchos trabajadores que otros años no solían estar obligados a declarar, ahora deberán hacerlo por haber tenido más de un pagador. Y no sólo declarar, sino, tal vez, ingresar.