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Con la llegada del buen tiempo, muchos españoles empiezan a planear sus vacaciones de verano: escapadas a la playa, visitas a pueblos con encanto o aventuras en la montaña. Pero, junto a esta ilusión, a menudo se cuela una preocupación difícil de ignorar: ¿y si al volver me encuentro con mi casa okupada?
Ante esta posibilidad, los más previsores deciden instalar cerraduras de seguridad o contratar sistemas de alarma o videovigilancia. Pero incluso con todas estas medidas, la sensación de inseguridad sigue ahí ¡y no es infundada! En 2024 se registraron más de 14.000 denuncias por okupación ilegal de viviendas en España según datos del Ministerio del Interior. Aunque muchos de estos casos afectan a inmuebles vacíos o propiedades de bancos, también hay particulares afectados que ven cómo su hogar es invadido.
En este artículo te explicaremos cómo actuar con rapidez y dentro del marco legal si alguna vez te encuentras con esta desagradable situación.
Entender qué es realmente la okupación ilegal
Cuando hablamos de okupación ilegal, nos referimos de forma general al acto de entrar y permanecer en una vivienda sin el consentimiento del propietario. Sin embargo, es fundamental entender que no todos los casos de okupación son iguales desde el punto de vista legal. Hay una diferencia clave entre usurpación y allanamiento de morada. Las consecuencias penales y la rapidez con la que se puede recuperar la vivienda varían mucho en función del caso.
Allanamiento de morada
El allanamiento de morada ocurre cuando alguien irrumpe en la vivienda habitual de otra persona. Este tipo de ocupación se considera un delito especialmente grave, ya que afecta directamente a la intimidad y la seguridad de quien reside allí.
La Constitución Española, en su artículo 18.2, establece con claridad:
"El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse sin el consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito."
En línea con este principio, el artículo 202 del Código Penal castiga el allanamiento de morada con penas de hasta dos años de prisión, reconociendo el derecho del ciudadano a sentirse seguro en su propio hogar.
Pero, ¿pueden entrar okupas ilegalmente en tu vivienda habitual? Técnicamente sí, pero si ocurre, la ley te protege de forma contundente. En estos casos, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado están autorizadas a actuar de inmediato y desalojar sin necesidad de una orden judicial, ya que se trata de un delito flagrante.
Usurpación de bienes inmuebles
La situación cambia bastante cuando se trata de una segunda residencia o una vivienda deshabitada. En este caso, se considera usurpación de bienes inmuebles según el artículo 245 del Código Penal. Aunque sigue siendo un delito, no es tan grave como el allanamiento de morada, ya que no implica una intromisión en la intimidad personal.
En caso de usurpación, la Policía solo puede intervenir en las primeras 48 horas desde que se han producido los hechos. Si ha pasado más tiempo o los okupas han cambiado la cerradura, será necesario iniciar un procedimiento judicial para recuperar la posesión.
¿Y si el problema es con un inquilino que no paga?
Otro escenario habitual, aunque diferente, es el del inquilino moroso: alguien que entró legalmente en la vivienda mediante un contrato de alquiler, pero luego dejó de pagar y se niega a irse.
Aunque esta situación puede parecer similar a una okupación, no se considera tal, ya que la persona entró en el inmueble con el consentimiento legítimo del propietario. En estos casos, el propietario debe iniciar un proceso de desahucio por impago que se tramita por la vía civil.
¿Cuánto tiempo tarda el propietario en recuperar su vivienda okupada?
Recuperar una vivienda okupada en España no es un proceso rápido. Según datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el tiempo medio para resolver este tipo de procedimientos ronda los 12 meses, pero si se presentan alegaciones podría alargarse hasta casi dos años.
Esto ocurre porque en España los okupas vulnerables están protegidos por el Real Decreto Ley 11/2020 prologado hasta finales de 2025 que impide el desalojo forzoso de toda persona en situación de vulnerabilidad sin una alternativa habitacional. La condición de vulnerabilidad debe ser acreditada por los servicios sociales del ayuntamiento correspondiente, a través de un informe técnico que evalúa las condiciones financieras y estructura familiar, por ejemplo, si hay menores o personas con necesidades especiales.
Este informe puede suspender temporalmente el procedimiento judicial hasta que la administración local ofrezca una solución habitacional, lo que ralentiza aún más el proceso.
¿Siempre se trata de personas necesitadas?
No en todos los casos. Aunque es cierto que muchas personas okupan viviendas como último recurso ante la falta de ingresos o alquileres inaccesibles, también hay mafias organizadas que se aprovechan de esta situación.
Estas redes se dedican a forzar puertas, cambiar cerraduras, alquilar las viviendas okupadas a terceros y utilizar personas vulnerables como pantalla para dificultar el desalojo legal.
Esto perjudica tanto a los propietarios como a los propios okupas que muchas veces ignoran que están siendo utilizados para cometer un delito.
¿Cómo actuar si descubres que tu propiedad está okupada?
Tal y como explicamos al comienzo de este artículo, si los okupas irrumpen en tu domicilio habitual se trata de un allanamiento de morada. En estos casos, la Policía puede intervenir de inmediato y desalojar sin necesidad de una orden judicial. Acude a la comisaría más cercana y explica la situación con claridad diciendo que se trata de tu domicilio habitual y aportando pruebas como certificado de empadronamiento, facturas de suministros o cualquier documento que acredite que vives allí.
Si se trata de una segunda vivienda y los okupas llevan ya varios días será necesario iniciar un procedimiento judicial por vía civil o penal (si conoces su identidad).
Este proceso podría alargarse varios meses. Muchos propietarios desesperados intentan desalojar a los okupas por su cuenta cambiando la cerradura o cortando los suministros básicos. Te recomendamos no hacerlo ya que podrías ser acusado de un delito de coacción.
Si te urge recuperar la vivienda y no puedes esperar a que se resuelva el procedimiento judicial, te recomendamos contactar con una empresa desokupa. Estas empresas actúan dentro de la legalidad y emplean estrategias de mediación y presión legal para disuadir a los okupas a que abandonen voluntariamente el inmueble.
¿Cuál es la mejor empresa desokupa en Madrid?
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Cuentan con un equipo de abogados especializados en derecho civil, penal y mercantil, lo que garantiza que cada actuación se realice dentro del marco legal vigente.
Además, se especializan en desalojos exprés, tratando de resolver la situación en el menor tiempo posible para evitar procesos judiciales largos y costosos.
El objetivo principal de Serviokupas es alcanzar un acuerdo pacífico y rápido con los okupas o inquilinos morosos. Para ello, utilizan técnicas de mediación y negociación, respetando siempre la legalidad y evitando confrontaciones.
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