La Audiencia de Zamora rebaja la condena a un hombre que violó a una anciana tras entrar en su casa para robar

La aplicación de la Ley del sí es sí deja la condena inicial, de 13 años de prisión, en nueve años y siete meses.
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La Audiencia de Zamora rebaja la condena a un hombre que violó a una anciana tras entrar en su casa para robar. Esta condena, de trece años de prisión, se produjo en octubre de 2011. Ahora, al aplicar la Ley del sí es sí, el condenado tendrá que cumplir nueve años y siete meses


En efecto, teniendo en cuenta que en la redacción anterior estos hechos estaban castigados con pena de 12 a 15 años de prisión, es obvio que la vigente redacción del artículo 180.1.3ª del C.P., -que es idéntica con relación a la redacción vigente hasta la reforma, salvo en la referencia al artículo 181CP-, establece una pena de prisión más benigna en el grado mínimo, pues antes era de 12 años y ahora es de 7 años. 


Por lo que, "si en la sentencia objeto de revisión impusimos la pena dentro del primer tercio del grado mínimo de su extensión total (13 años)" (dice la sentencia), pena que se impuso teniendo en cuenta la atenuante analógica del artículo 21.6 CP, al tener el penado alteradas sus facultades psíquicas, aunque no de manera grave, y en atención a “sus circunstancias personales y la gravedad de los hechos”, así como “la violencia empleada en la comisión de los mismos, la falta de móvil alguno de justificación, la propia dinámica de los hechos y la gravedad del mal producido a la víctima”, "debemos revisar la sentencia"   y dejar la pena de prisión dentro del primer tercio del grado mínimo de su extensión actual y en base a las circunstancias tenidas en cuenta para su fijación, con una duración de nueve años y siete meses de prisión.