El Procurador del Común denuncia que más de 300 bienes de interés cultural aún carecen de un calendario de visitas públicas

Tomás Quintana demanda que la totalidad del Patrimonio Cultural sea tangible para los ciudadanos.

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Benavente turismo visita guiada 1


El Procurador del Común, Tomás Quintana, ha reclamado a Consejería de Cultura, Turismo y Deporte que agilice las actuaciones para establecer un régimen de visitas públicas o, en su caso, las dispensas a la obligación de permitir las mismas para los 319 bienes declarados de interés cultural que, a fecha actual, no cuentan con un calendario de visitas.


En un comunicado de la Institución recogido por Ical, el Procurador del Común ha comprobado que la mayoría de los 2.573 Bienes de Interés Cultural (BIC) existentes en Castilla y León cuentan con horario de visita, publicitado en el portal de Patrimonio Cultural de Castilla y León. No obstante, apunta que aunque algunos de estos bienes carecen de la oportuna resolución dado que se trata de bienes de visita exterior libre, también ha comprobado que hay 319 de ellos que actualmente carecen de régimen de visita pública, según el listado facilitado por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y que, salvo que se declarara la dispensa, deberían tenerlo en aplicación de la legislación vigente.  


De esos más de tres centenares de bienes, una gran parte de ellos son inmuebles religiosos (iglesias, monasterios, abadías, ermitas, capillas, santuarios, etc.), pero también palacios, castillos, cuevas, conjuntos de bodegas, complejos mineros, colegios, museos, etc.  


Desde la Institución se recuerda que Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León obliga a los propietarios, poseedores y demás titulares de derechos reales sobre bienes declarados de interés cultural, a facilitar la visita pública a dichos bienes. Para ello, los obligados deben solicitar la aprobación del correspondiente calendario de visitas a los delegados territoriales de la Junta, quienes, previa petición motivada de los interesados, si existen causas suficientemente justificadas, también pueden dispensar, total o parcialmente, de la obligación de facilitar la visita pública; la cual, en su caso, debería ser gratuita durante cuatro días al mes, en días y horario prefijado.