Sanidad acuerda con las Comunidades una Guía de actuación ante la llegada de población desplazada desde Ucrania

​ Todas las personas acogidas de forma excepcional, debido a la guerra en Ucrania, tendrán prestación sanitaria en todo el Sistema Nacional de Salud
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Avión Correos Cargo Ayuda a Ucrania



Los miembros de la Comisión de Salud Pública, formada por el Ministerio de Sanidad y los representantes de las Comunidades y Ciudades Autónomas de España, aprobaron una ‘Guía de actuación ante la llegada de desplazados desde Ucrania’ con la que garantizar la asistencia sanitaria de manera equitativa y coordinada en todo el Sistema Nacional de Salud (SNS) a las personas que están llegando al país huyendo de la guerra en Ucrania.


Esta guía es una de las actuaciones que está coordinando el Ministerio de Sanidad con las Comunidades y Ciudades Autónomas como respuesta a la crisis ucraniana, como es la puesta a disposición de 5.500 camas hospitalarias, de las cuales 1.184 son pediátricas, o el envío de medicamentos y material sanitario tanto a Ucrania como países limítrofes, según informó el Ministerio de Sanidad en un comunicado remitido a Ical.


En la guía se establecen medidas de control y tratamiento tanto de la COVID-19 como de otro tipo de patologías y, además, se marca un abordaje específico con un calendario vacunal acelerado para distintas enfermedades, como la poliomielitis o el sarampión.


Con respecto al abordaje COVID-19, la guía recoge las medidas de control sanitario. Así, con relación a las personas que lleguen por vía aérea, y dada a la situación excepcional que se está viviendo en Ucrania, se han adoptado como medidas especiales que se comunique a las compañías aéreas que se permita embarcar en los vuelos con destino España a aquellas personas procedentes de las zonas de conflicto sin necesidad de que estén en posesión del QR de SpTH. Además, los Servicios de Sanidad Exterior realizarán controles sanitarios a la llegada a España de todos los pasajeros nacionales o residentes en Ucrania para que se les realice un control de síntomas contra la COVID-19.


Con respecto al resto de patologías, la guía establece que las Comunidades Autónomas proporcionarán la información necesaria a las personas procedentes de Ucrania para que reciban una atención sanitaria y tengan una accesibilidad a los servicios sanitarios equivalente a la población local. Además, se especifica que la primera valoración en los centros sanitarios designados irá encaminada a identificar patologías que requieran asistencia urgente y patologías crónicas de carácter no urgente para reestablecer su seguimiento y tratamiento médico.


En concreto, se hará un seguimiento especial de las embarazadas en los servicios de Obstetricia, donde serán derivadas para el seguimiento del embarazo, y de los niños a Pediatría de Atención Primaria, para realizar las revisiones oportunas y la actualización del calendario vacunal si fuera necesario. Asimismo, se valorará conjuntamente la situación de dependencia, discapacidad física o psíquica, así como la situación de fragilidad y vulnerabilidad de la persona recién llegada, derivando a estas personas a los servicios sociales correspondientes de cada Comunidad para gestionar las ayudas necesarias.


La vacunación de las personas ucranianas desplazadas a España no coincide con la de la población de nuestro país. Tanto a la población infantil como a la adulta se les realizará una valoración individualizada de su estado de vacunación y se les ofrecerán las vacunas, según edad y condición de riesgo, y según las recomendaciones aprobadas por el CISNS. Se priorizará la vacunación de COVID-19, sarampión y poliomielitis por su mayor prevalencia en Ucrania, mientras que en niños y adolescentes se ofertará, además, la vacunación de difteria, tétanos, poliomielitis, tosferina y Haemophilus influenzae b.