Las agencias de viajes podrán solicitar una ayuda de cuatro mil euros para atenuar las pérdidas económicas por la crisis

Tienen de plazo para solicitarlo desde el 1 hasta el 15 de septiembre de 2021
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Agencias de viajes



La Junta de Castilla y León han convocado, en régimen de concesión directa, subvenciones destinadas a agencias de viajes para atenuar la situación de pérdida económica derivada de la crisis ocasionada por la COVID-19, dotar de liquidez a los titulares de las agencias de viaje que, como consecuencia del cierre obligado o disminución drástica de la actividad por motivo de la emergencia sanitaria derivada del COVID-19, están pasando dificultades económicas por la falta de ingresos en el sector.

La cuantía individualizada a conceder por cada solicitud será de 4.000 euros. El importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que la ayuda total de mínimis concedida durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales sea superior a 200.000 €.


Pueden formalizar la solicitud a través de la web de la Junta los titulares de agencias de viajes que figuren inscritas en el Registro de Turismo de Castilla y León.


Los beneficiarios deberán mantener activa la actividad al menos seis meses desde la fecha de la concesión de la subvención. Para poder obtener la condición de beneficiario, el solicitante habrá de declarar por escrito cualesquiera otras “ayudas temporales” relativas a los mismos gastos subvencionables que en aplicación de este régimen, o en aplicación de la Comunicación de la Comisión Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19, haya recibido durante el ejercicio fiscal en curso.No podrán obtener la condición de beneficiarios quienes tengan la condición de empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019; pudiendo concederse a empresas que no estén en crisis y/o a empresas que no estaban en crisis a 31 de diciembre de 2019 pero que sí lo estaban o empezaron a estarlo con posterioridad a consecuencia del brote de Covid-19, de acuerdo con la definición establecida en las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C249/01).