Sacyl deberá indemnizar con 40.000 euros a la familia de una paciente berciana que falleció tras recibir una “asistencia sanitaria deficiente”

​ La sentencia del TSJ considera que la mujer de 88 años falleció debido al “tratamiento agresivo” que se le aplicó
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Consulta médica


Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) condena a la Consejería de Sanidad a indemnizar con 40.902 euros a los hijos de una paciente berciana que murió debido a la “asistencia sanitaria deficiente” que le prestaron los servicios públicos sanitarios del Sacyl. Según los servicios jurídicos de la asociación El Defensor del Paciente, que tramitaron la denuncia, la paciente perdió la vida a raíz de que se le aplicara “un tratamiento agresivo, sin justificación y sin realizar un control adecuado”.


Según las mismas fuentes, los hechos se remontan a enero del 2017, cuando la paciente, que contaba con 88 años, fue trasladada en UVI móvil desde su domicilio al Hospital del Bierzo, donde quedó ingresada con un cuadro de insuficiencia respiratoria. El tratamiento instaurado ante el cuadro de síndrome coronario agudo fue de doble antiagregación con anticoagulación, especifican los servicios jurídicos de la asociación, que lamentan que esa decisión se tomó “sin analizar la relación entre riesgo y beneficio”.


Tras manifestar durante dos días síntomas como vómitos y estreñimiento, la mujer comenzó a sentir inestabilidad, sudoración y nauseas. Tras la correspondiente consulta y “sin realizar prueba alguna”, el médico de guardia interpretó el cuadro como posible vértigo. A la mañana siguiente, los médicos descubrieron un hematoma abdominal que evidenciaba una hemorragia. Aunque la muer llegó a ingresar en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del Complejo Asistencial Universitario de León (Caule), la situación de shock refractario le causó la muerte tres días después de su ingreso en el Hospital.


Al respecto, la presidenta de la asociación El Defensor del Paciente, Carmen Flores, destacó que se valore el tratamiento dispensado independientemente de la edad de la paciente y que los efectos de la mala praxis no se minimicen en casos de pacientes con múltiples patologías o de edad avanzada. “El origen inmediato de todo el proceso, esto es, la hemorragia, tiene su origen no en la edad de la paciente, sino en la elección del tratamiento y en la falta de un adecuado seguimiento posterior”, especifica la resolución.