El TSJCyL rechaza limitar los grupos de personas en espacios públicos y privados durante la madrugada

La Sala considera que dicha medida no está debidamente justificada ni resulta proporcional.

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Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León


La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL acordó no autorizar la restricción de la Junta frente a la COVID, para limitar la permanencia de grupos máximos de seis personas no convivientes en espacios públicos y privados, entre la 1 y las 6 horas. 


La Sala considera que dicha medida no está debidamente justificada ni resulta proporcional.