Zamora / Justicia

La Audiencia de Zamora absuelve a un joven acusado de abusar sexualmente de una niña de 12 años

Los magistrados consideran que “no existe una versión suficientemente sólida y creíble para imputar al acusado”
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La Audiencia Provincial de Zamora absolvió a un joven acusado de abusar dos veces sexualmente de una menor, que tenía 12 años en el momento de los hechos, el 2 de enero de 2019, según fuentes judiciales.

Los magistrados consideraron que las “imprecisiones, incoherencias y contradicciones” en el relato ofrecido por la niña durante el juicio y la falta de otro tipo de pruebas incriminatorias “impiden” condenar al acusado, quien tenía entonces 19 años, que contaba con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia y para el que la Fiscalía pedía 30 años de prisión.


La sentencia recoge que “no es verosímil” que la menor “no supiera indicar fecha” en ninguna de sus declaraciones, “cuando se trata de un acto tan único, repugnante y traumático, sobre todo para una niña de 12 años, casi 13”, y alude a que, según el informe psicológico, “muestra un nivel de conocimiento e interés quizá superior a la etapa evolutiva” de la menor.


“Sin embargo, extrañamente, sí es capaz de concretar otros detalles pese al tiempo transcurrido, como que la penetró durante siete u ocho minutos; dato preciso, no mera conjetura, que reitera y mantiene en todas sus declaraciones”, según apunta el texto de la resolución. “En tales trágicas circunstancias, es muy difícil de determinar, por cuanto, durante una agresión de esta gravedad a una niña, su percepción es altamente probable que quedara bloqueada o mediatizada.”, añade.


Igualmente, el informe médico “tampoco ayuda”, debido al tiempo transcurrido entre los hechos denunciados y la exploración, realizada el 12 de julio de 2019. “Tampoco aparecen los mensajes que la víctima asegura le envió al teléfono móvil el acusado. El teléfono no se aportó en la denuncia y, cuando, días más tarde, fue requerida para entregarlo, manifestó que no lo tenía porque se le había roto y sus padres le habían comprado otro”.


En este contexto, la Audiencia Provincial de Zamora hizo hincapié en que los hechos enjuiciados son “de la especie más reprobable” que pueda encontrarse en el ordenamiento jurídico, especialmente al tratarse de una menor de edad. “Por ello, la Sala ha sido especialmente cuidadosa en el examen de la prueba practicada, habida cuenta del tiempo transcurrido, y de ser una menor quien testificara con el consiguiente nerviosismo y confusión”, recalcaron las mismas fuentes.


“El resultado final revela que no existe una versión suficientemente sólida y creíble para imputar al acusado del delito del que viene siendo enjuiciado. Por ello, no cabe sino dictar una sentencia absolutoria en favor del ahora imputado, al no quedar probados los hechos que se le imputaban”, concluyeron.

La sentencia dictada no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.