De esta manera, podrán ordenar que se practiquen las pruebas, investigaciones y exámenes necesarios dentro de las funciones de control e inspección que desarrollen. Por su parte, el personal médico y de enfermería podrá prescribir el aislamiento domiciliario de las personas enfermas, así como la cuarentena a los contactos directos de aquellas. Para ello, estos profesionales dispondrán de “presunción de veracidad” en la prescripción de medidas sanitarias y en su comunicación al afectado, recoge el decreto-ley.
En ese sentido, el reconocimiento de la condición de autoridad sanitaria para los profesionales del sistema público de salud tiene efectos exclusivamente en cuanto a la prescripción de aislamientos y confinamientos domiciliarios. Esta consideración se extiende a los responsables de la Consejería de Sanidad, a los jefes de los servicios territoriales y a los alcaldes.
Al respecto, la normativa recuerda que cada ayuntamiento es el responsable de la instrucción y de la resolución de los procedimientos sancionadores y de los recursos administrativos debidos a los incumplimientos de la obligación legal del uso obligatorio y adecuado de las mascarillas. El texto también faculta a las diputaciones provinciales a prestar asistencia jurídica y técnica a los ayuntamientos menores de 20.000 habitantes que carezcan de recursos personales para tramitar esas sanciones.