Un juzgado da la razón a un padre para escolarizar a un niño de 5 años contra el criterio de la madre que argumenta temor a la pandemia

Ambos progenitores son docentes y el hombre trabaja en el centro en el que el menor está escolarizado
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Juzgado



ICAL

El Juzgado de Instrucción y Primera Instancia (Familia) de León ha dado la razón a un padre que quería escolarizar a su hijo de cinco años, frente a la decisión de la madre, que no quería llevarle al colegio por temor a que se contagiase de COVID-19, según informaron hoy fuentes judiciales.


La magistrada encargada del caso entiende, en sintonía con el Ministerio Fiscal, que el progenitor actúa en interés del menor y que “la facultad de decisión ha de atribuirse al padre, el derecho a la educación es del menor; no del padre ni de la madre, y un niño a esa edad más que aprender va al colegio a socializarse y eso no puede hacerse con la madre y los abuelos maternos, los cuales atendiendo a las circunstancias expuestas no están exentos del riesgo de contagio de la enfermedad”. 


El dictamen judicial también expone que las autoridades sanitarias y educativas han establecido unos protocolos de seguridad y prevención -que se cumplen- y apunta que no se puede determinar la duración que tendrá la pandemia, “que podría alargarse uno o dos años”. 


Se da la circunstancia de que lo dos progenitores son docentes -el niño está escolarizado en el centro en el que da clases su padre- y el documento recuerda que el menor está sano y durante el verano estuvo socializado, relacionándose con sus primos, con familiares de Madrid y Barcelona, participando en cumpleaños y acudiendo a reuniones familiares.