El Ayuntamiento de Zamora recupera los 150.000 euros de subvenciones para fomento del empleo que la Junta retiró “indebidamente”

​Dos sentencias del Juzgado de lo Contencioso de Valladolid obligan a la Administración autonómica a pagar también cerca de 10.000 euros en intereses de demora.
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Ayuntamiento de Zamora


La Junta de Castilla y León ingresará al Ayuntamiento de Zamora la cantidad de 150.000 euros por las dos subvenciones para fomento del empleo que retiró con el argumento de que las contrataciones de los beneficiados se realizaron con un día de retraso. Los dos fallos del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valladolid, emitidos en 2023, obligan también a la Administración autonómica al pago de los intereses, que suman 9.972 euros. Desde la Concejalía de Personal se valoró entonces como “desproporcionada” e incluso como de “mala fe” la actuación por parte de la Junta y del consejero de Empleo, retirando el total de la subvención por una mala interpretación técnica de la convocatoria, debido a la cual se habían contratado 1 día después del plazo estipulado a los 10 trabajadores de los planes, sin merma de los días de contratación requeridos.


La Junta ya ha comunicado el pago a la institución local y renuncia a presentar recurso contra los dos autos emitidos por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Valladolid, que dan la razón al Consistorio al entender que, en ambos casos, la contratación de los beneficiarios de los planes de empleo, un día de después del plazo que figuraba en las bases, no desvirtuó en ningún momento la finalidad de las subvenciones.


El primer fallo se refiere a la subvención de 50.000 euros concedida al Ayuntamiento dentro del Programa JOVEL para la contratación de cinco desempleados menores de 35 años. La sentencia deja claro que la contratación de los cinco jóvenes el 1 de octubre de 2021, un día de después del plazo que figuraba en las bases, no desvirtuó en ningún momento la finalidad de la ayuda y añadía que el Ayuntamiento “cumplió íntegramente” con los objetivos marcados por estos fondos públicos y realizó “todos los pagos en el período subvencionable”, así como la “prestación del servicio”, fijado en 180 días, a jornada completa.


Es más, el juez entendía que la decisión de la Administración regional “carece absolutamente de sentido” porque “el incumplimiento del plazo de contratación” no afectó a la finalidad de la subvención, lo que si daría lugar a “la pérdida total o parcial de la ayuda concedida y a su reintegro”. Insistía el magistrado en su fallo en que dar de alta a los beneficiarios del programa subvencionado un día después del plazo requerido “solo supone el incumplimiento de uno de los requisitos” y, en todo caso, no justifica la retirada total o parcial de los fondos.


El segundo auto anula también la decisión de la Junta de retirar al Ayuntamiento la ayuda del Plan de Empleo MAYEL, por importe de 100.000 euros, con el mismo argumento. La resolución también recogía que el Ayuntamiento de Zamora nunca negó esa equivocación, pero sostenía que la Junta de Castilla y León debería haber concluido que se trata de un error “intrascendente para la finalidad y objeto de la subvención y que la pérdida de esto es 0”.