Los agricultores que tengan su explotación en una localidad autorizada para la producción de patata de siembra y deseen que dicha población sea excluida de la lista deberán solicitarlo, mediante escrito dirigido al Director General de Producción Agrícola y Ganadera, antes del 1 de octubre de 2023.
Dicha solicitud será atendida cuando esté respaldada por más del 50 por ciento de los agricultores que cultiven patata en dicha localidad y la superficie cultivada por los mismos represente más del 75 por ciento de la superficie total destinada a este cultivo en dicho término municipal o entidad local menor.
Finalmente, los afectados por la obligatoriedad de la lucha contra una plaga se beneficiarán de la asistencia técnica y de las ayudas económicas establecidas.