Rebaja de 18 a 15 años de prisión la condena a un violador múltiple al aplicar la ley del ‘solo sí es sí’

Entre febrero y septiembre de 2009 agredió sexualmente a seis mujeres a las que asaltó en la calle de madrugada
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Audiencia vall


La Audiencia Provincial de Valladolid ha rebajado de 18 a 15 años la pena de prisión de un violador en serie que entre febrero y septiembre de 2009 agredió sexualmente a seis mujeres, al aplicar la Ley de Garantía de la Libertad Sexual.


Al acusado, que asaltaba a sus víctimas de madrugada cuando regresaban a sus domicilios, la Audiencia le condenó en marzo de 2017 a 18 años de cárcel por tres delito de agresión sexual con penetración y uso de armas y por dos en grado de tentativa.


A su primera víctima, que en el momento de la agresión tenía 21 años, la asaltó el 21 de febrero de 2009, sobre las tres horas, cuando ésta se disponía a entrar en el portal de su vivienda. La empujó por la espalda y la tapó la boca, colocándole una navaja en el cuello al tiempo que le exigía que no gritara, obligándola a ir al garaje del inmueble. Una vez allí la obligó a que se desnudara y, colocando la navaja en su garganta le efectuó tocamientos en los pechos y le introdujo uno de sus dedos en la vagina.


Días después, el 11 de abril, sobre las dos de la madrugada, atacó a su segunda víctima. La siguió por la calle Amor de Dios y comenzó a seguirla hasta que llegaron a la altura del Puente de la Rondilla. Allí, el acusado le tapó la boca con una de sus manos, mientras le colocaba en el cuello una navaja y le decía “como te muevas o grites te rajo”. Sin dejar de taparle la boca, logró el acusado conducir a Rosario hasta un parque cercano a la calle Valle De Arán donde, en una zona de arbustos, conminó a ésta a desnudarse completamente y a colocarse de espaldas a él. El acusado se colocó un preservativo en el pene y se abalanzó sobre Rosario que se arrodilló quedándose en cuclillas y, mientras le sujetaba los brazos, la penetró vaginalmente eyaculando dentro.


Al día siguiente, también de madrugada, abordó a una nueva víctima cuando ésta se disponía a entrar en el portal de su casa. Tras amenazarla con una navaja, la condujo hacia los garajes del inmueble y, una vez allí, la obligó a desnudarse y la penetró analmente. Tras ello, amedrentándola con la navaja, obligó a Carmela a arrodillarse y mientras le tocaba el pecho se masturbó.


También en el mes de abril asaltó a su cuarta víctima con el mismo modus operandi. No obstante, al ponerle de manifiesto la víctima que tenía la menstruación, el acusado abandonó el portal donde la había amenazado con una navaja.


Ya en mayo cometió una nueva agresión, aunque en este caso y dada la enorme resistencia física de la víctima , ésta logró zafarse de él e introducirse sola en el portal consiguiendo cerrar la puerta, ante lo cual el acusado abandonó rápidamente el lugar. Antes de su detención por la Policía, el último asalto tuvo lugar el 12 de septiembre. Sin embargo, el acusado no logró su propósito ya que la víctima le propinó un mordisco al acusado en un dedo de la mano izquierda, momento que aprovechó para huir.


Tras la revisión del caso, la Audiencia Provincial argumenta que las penas fueron impuestas en la mitad inferior de la pena de acuerdo con el artículo 70.2 del Código Penal, de ahí que ahora el Tribunal considere que es procedente imponer, “conforme a la regulación actual, por cada uno de los tres delitos de agresión sexual con penetración de los artículos 178 y 179, subtipo agravado del art. 180.1.6º de haber hecho uso del arma que portaba, la pena de cinco años de prisión”.