Una empleada despedida por retrasarse durante 176 ocasiones en 6 meses recibe una indemnización de 25.000 euros

El motivo del fallo es que la empresa no había sancionado a la trabajadora por su conducta por lo que se daba como una actitud tolerada
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Tribunal superior




El Tribunal Superior de Justicia ha dado la razón a una empleada que fue despedida por retrasarse en 176 ocasiones durante el plazo de 6 meses a su puesto de trabajo. Entre los argumentos mencionados se encuentra que existía "tolerancia empresarial" ante la conducta de la trabajadora de la óptica.


La denunciante recibió una carta en la que era despedida por "faltas injustificadas y reiteradas de puntualidad" recogidas en un sistema de registro de jornada que se adjuntó durante el juicio y a pesar de esto el despido ha sido calificado como improcedente.


El motivo del fallo es que la empresa no había sancionado a la trabajadora por su conducta por lo que se daba como una actitud tolerada por la misma.


Durante el juicio, la empresa aseguró que la desempleada no mantenía una buena relación con el resto de los compañeros y que los retrasos afectaban a la imagen de la clínica. La empresa deberá pagar una indemnización de 25.000 euros o readmitirla.