La Junta convoca la ayuda económica destinada al Programa Personal de Integración y Empleo (PIE) para el año 2021

Los beneficiarios podrán ser desempleados que hayan agotado el Prepara, que hayan cotizado y cesado en su actividad y que hayan extinguido por agotamiento la ayuda por cese.

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La Junta convocó la ayuda económica destinada al Programa Personal de Integración y Empleo (PIE) para el año 2021, cuyo importe corresponderá con el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). La duración será por un periodo mínimo de tres meses y máximo de seis y el plazo de presentación de las solicitudes empieza mañana y concluye el 31 de agosto, según el extracto publicado hoy el Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León (Bocyl).


LOS BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras desempleadas que hayan agotado el Prepara en alguna de sus convocatorias denominadas XII, XIII o XIV, personas trabajadoras desempleadas que hayan agotado el PAE, los que han cotizado en el régimen de autónomos y han cesado en su actividad económica y han extinguido por agotamiento la ayuda económica por cese de actividad, personas trabajadoras desempleadas que hayan agotado el SED y desempleadas que tengan 52 años o más.


Otras situaciones

También, las personas que, durante el período comprendido entre el 22 de junio al 31 de diciembre del 2020 se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: hayan sido despedidos o a los que hayan rescindido su contrato, que habiendo cotizado entre 90 y 179 días, no tengan derecho al subsidio de desempleo por carecer de cargas familiares, las personas que tras haber cotizado al régimen especial de autónomos hayan cesado en la actividad por cuenta propia y que hayan cotizado al menos 90 días y menos de 360 días, por cese de actividad, que no perciban otra prestación o subsidio por desempleo o ayuda económica por cese de actividad, las personas trabajadoras del sistema especial para empleados de hogar, a las que se haya rescindido su contrato y hayan cotizado a la Seguridad Social en este sistema especial al menos 90 días a tiempo completo, y las personas trabajadoras que hayan agotado las prestaciones o subsidios por desempleo que vinieran percibiendo.