La Audiencia Provincial de Zamora ha absuelto a un hombre que fue acusado de causar heridas con un cuchillo a su expareja durante una discusión. Los hechos se produjeron hacia las 8.30 horas del 15 de agosto de 2016, cuando el hombre estaba en una vivienda con la mujer, “de la que se encontraba separado en su país desde el mes de abril de ese año”, según recoge la sentencia.
Ambos entablaron una discusión, “en el transcurso de la cual se coge un cuchillo, resultando finalmente la mujer con lesiones, que consistieron en una incisión latero-cervical derecha con hemorragia, que precisaron tratamiento con sutura”.
La mujer tardó 35 días en curarse, cinco de ellos, de hospitalización, y 15 de los 30 días restantes, “impeditivos, permaneciendo como secuela una cicatriz latero-cervical de diez centímetros de forma transversal al cuello, con un pequeño cruce longitudinal de tres centímetros”.
La sentencia, que recuerda que el acusado estuvo en prisión provisional desde el 16 de agosto hasta el 16 de noviembre de 2016, recoge también que “no se ha acreditado que el cuchillo fuera cogido” por el acusado, “ni que fuera el que causara las lesiones” a la mujer. “La presunta víctima se ratificó reiteradamente en la declaración prestada, igualmente durante la instrucción, en fecha 16 de noviembre de 2016, en la que manifiesta que la declaración realizada con anterioridad era mentira”, precisaron las mismas fuentes.
“Lo hizo porque estaba llena de rabia al haber encontrado mensajes del acusado con otra mujer a la que también había enviado dinero a su país, siendo ese el motivo que le llevó a querer causar daño a su ex, rompiendo los pasaportes, cogiendo el cuchillo y autolesionándose, intentando el acusado, al ver lo que estaba haciendo, quitarle el cuchillo de las manos, lesionándose aquel en el forcejeo”, anotaron.
En este contexto, la sentencia apunta que la “nueva versión de los hechos”, que es la sostenida por la presunta víctima en el acto del plenario, “reiterando que lo declarado en un principio era mentira, es compatible con el resultado de las pruebas periciales documentadas en las actuaciones”.
De esta forma, la pericial forense, emitida el mismo día de la declaración, indica que las lesiones producidas en la parte anterior y lateral derecha del cuello “son superficiales, no estando afectado el paquete vascular del cuello, que es fácil lesionar en cortes a ese nivel” y que la “doble dirección” de la herida, transversalmente y horizontal, “junto a que es una zona a la que se puede acceder estando víctima y agresor situados en frente, hace creer que es factible que fuera en un forcejeo”.