La Audiencia Provincial de Soria condena a un hombre a 12 años de cárcel por agredir sexualmente a una joven de 15

El agresor, que se valió de la fuerza para cometer el acto delictivo, conocía la edad de la chica, que está tutelada por Servicios Sociales
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La Audiencia Provincial de Soria condenó hoy a un hombre a 12 de años de prisión por un delito de agresión sexual a una menor de 16. Además, le prohíbe el acercamiento a la víctima durante 15 años y, toda vez que salga de prisión, deberá estar vigilado durante otros cinco años. Tampoco podrá trabajar en cualquier oficio o profesión que conlleve el contacto con menores durante 15 años y deberá indemnizar a la víctima con 12.000 euros y asumir las costas del juicio.


El Alto Tribunal de Soria determina como hechos probados que el hombre, que tenía 25 años cuando ocurrieron los hechos, forzó a la chica de 15 a mantener relaciones sexuales. En concreto, estima que se produjo una penetración vaginal mediante el empleo de fuerza suficiente para vencer la voluntad de la víctima, ya que la sujetó con los brazos e impidió que pudiera zafarse de la relación sexual que no era querida por la misma.


En el informe médico forense quedó acreditado la presencia de edema en la zona lumbar, herida ésta perfectamente compatible con la secuencia de hechos descrita. En relación con el informe psicológico, la menor, por estos hechos y unido a su trayectoria de vida, presenta sentimientos de culpa, de estigmatización y de vergüenza, con reacciones ansiosas depresivas e intentos autolíticos y desbordamiento emocional intenso.


Por resolución de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales, de fecha 13 de febrero de 2019, se declaró a la menor en desamparo, se asumió su tutela y fue dada de alta en acogimiento residencial en el Hogar de Soria. En octubre de 2020, la Gerencia Territorial de Servicios Sociales trasladó a la menor a otro centro dentro de la Comunidad.


La sentencia también recoge que la víctima no denunció al agresor con móviles espurios, sino que la misma tuvo lugar después de hablar con la educadora y que ésta le indicara que o denunciaba por sus propios medios o denunciaba ella, de tal forma que "no parece existir ningún motivo real para considerar que la menor tuviera intención alguna de perjudicar al acusado". “Esto motiva que la versión de los hechos establecida por la menor en el acto de juicio oral fuera perfectamente verosímil y creíble”, recogió la sentencia remitida a Ical.


Agresor y víctima se conocieron en una céntrica plaza de Soria y subieron a pie a la zona de El Castillo, donde, en un momento dado, comenzaron a besarse. El agresor le preguntó al edad a la chica, que reconoció que tenía 15. Por ello, el procesado, alegó temor por si alguien los veía, e invitó a la chica a ir a su domicilio, que compartía con su tía, a lo que accedió la joven. Una vez en la habitación, el hombre procedió a iniciar relaciones sexuales con la menor, hasta que, en un momento dado, cuando pretendía iniciar una relación anal con la misma, ésta le manifestó que parase.


Pese a ello, “la agarró con fuerza y se colocó encima de ella, y comenzó a penetrarla vaginalmente con su pene, causándole un fuerte dolor en sus genitales". A lo largo del tiempo que duró la agresión, la víctima le exigió que parase.


Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de diez días.